
¿Te han despedido y crees que la empresa no tenía motivos suficientes? ¿Has recibido una carta de despido que no entiendes o consideras injusta? En ese caso es fundamental actuar con rapidez, ya que el plazo para reclamar es muy breve para un despido improcedente.
Adrián Antón – Recursos Humanos, despacho especializado exclusivamente en Derecho Laboral, analizamos diariamente despidos disciplinarios, despidos objetivos, despidos colectivos y extinciones de contratos para comprobar si cumplen todos los requisitos legales.
En muchas ocasiones descubrimos que el despido puede ser declarado improcedente, permitiendo al trabajador obtener una indemnización o incluso recuperar su puesto de trabajo. Esta guía encontrarás todo lo que necesitas saber sobre el despido improcedente: cuándo se produce, cómo reclamar, qué indemnización corresponde y cuáles son los errores más frecuentes que pueden perjudicar tu caso.
¿Qué es un despido improcedente?
El despido improcedente es aquel en el que la empresa no consigue acreditar la causa alegada o no respeta las exigencias legales establecidas para despedir a un trabajador.
En otras palabras, no basta con que el empresario quiera extinguir el contrato. Debe justificar correctamente el motivo del despido y cumplir el procedimiento previsto por la ley.
Cuando esto no ocurre, un Tribunal de Instancia de lo Social puede declarar el despido como improcedente.
Esta declaración supone una importante protección para el trabajador, ya que obliga a la empresa a elegir entre:
- Readmitir al trabajador.
- Abonar la indemnización correspondiente de 33 días y 45 días (antes del 2012).
¿Cuándo puede declararse improcedente un despido?
No existe una única causa para el despido. Cada procedimiento debe analizarse individualmente, pero los supuestos más habituales son los siguientes.
1. La empresa no demuestra los hechos
Es el supuesto más frecuente. Muchas cartas de despido contienen afirmaciones genéricas como:
- Bajo rendimiento.
- Pérdida de confianza.
- Desobediencia.
- Disminución de productividad.
- Faltas reiteradas.
Sin embargo, durante el juicio la empresa debe demostrar cada una de esas afirmaciones mediante pruebas. No basta con decir que el trabajador ha cometido una infracción. Por ello, debe acreditarse.
Cuando no existen pruebas suficientes, el despido suele terminar siendo declarado improcedente.
2. La carta de despido está mal redactada
La carta de despido constituye una de las pruebas más importantes del procedimiento. Debe contener:
- Hechos concretos.
- Fechas determinadas.
- Descripción de la conducta.
- Causa legal invocada.
Es relativamente frecuente encontrar cartas que únicamente indican frases como: “Pérdida de confianza” o “Incumplimientos laborales.” Ese tipo de redacción suele resultar insuficiente para garantizar el derecho de defensa del trabajador.
3. El despido objetivo no acredita causas económicas
Muchas empresas utilizan el despido objetivo alegando pérdidas económicas. Sin embargo, para que sea válido deben acreditarse documentalmente circunstancias como:
- Disminución persistente de ingresos.
- Pérdidas actuales.
- Previsión de pérdidas.
- Causas organizativas.
- Causas productivas.
Cuando la documentación económica no resulta suficiente, el despido puede ser declarado improcedente.
4. Existen defectos formales
No todos los despidos son improcedentes por falta de causa. En ocasiones el problema radica en que la empresa incumple determinados requisitos legales. Por ejemplo:
- Ausencia de preaviso cuando corresponde.
- Errores en la indemnización inicial del despido objetivo.
- Incumplimiento del procedimiento establecido.
- Defectos en la comunicación escrita.
Diferencia entre despido improcedente, procedente y nulo
Una de las dudas más frecuentes es si un despido improcedente es lo mismo que un despido nulo. La respuesta es no.
– Respecto al despido procedente
La empresa acredita correctamente la causa. El despido es válido. No existe derecho a indemnización adicional distinta de la prevista legalmente según el tipo de despido.
– Despido improcedente
La empresa no demuestra suficientemente la causa o incumple la normativa. La consecuencia general será que la empresa podrá optar entre readmitir al trabajador o indemnizarle, conforme al artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
– Despido nulo
Es la máxima protección existente. Se produce cuando el despido vulnera derechos fundamentales o afecta a supuestos especialmente protegidos, como determinados despidos discriminatorios o relacionados con el ejercicio de derechos fundamentales.
La consecuencia, con carácter general, es la readmisión obligatoria del trabajador y el abono de los salarios de tramitación.
¿Qué indemnización corresponde por un despido improcedente?
Es probablemente la pregunta más buscada en Google. Sin embargo, no existe una cantidad fija. La indemnización depende de numerosos factores, entre otros:
- Salario.
- Antigüedad
- Fecha de inicio del contrato.
- Existencia de períodos anteriores a la reforma laboral de 2012;
- Conceptos salariales incluidos en la base de cálculo.
Por este motivo, es imprescindible realizar un cálculo individualizado. En muchos casos detectamos errores importantes en las indemnizaciones ofrecidas por las empresas.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido improcedente?
Uno de los mayores errores consiste en esperar. El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles. Esto significa que no computan:
- Sábados.
- Domingos.
- Festivos.
Además, la presentación de la papeleta de conciliación suspende el cómputo del plazo en los términos previstos legalmente. Si se deja transcurrir el plazo sin actuar, el derecho a impugnar el despido caduca. Por ello, es recomendable contactar con un experto en Derecho Laboral desde el mismo día en que se recibe la carta de despido.
¿Qué hacer si me despiden?
Si acabas de ser despedido, estos son los primeros pasos que recomendamos:
No firmes conforme Si firmas la carta de despido, añade siempre la expresión: “No conforme” junto a la fecha y la firma.
Guarda toda la documentación
Toda esta documentación puede resultar determinante en un juicio.. Tienes que conserva, entre otros, lo siguiente:
- Carta de despido.
- Contrato.
- Nóminas.
- Cuadrantes.
- WhatsApp.
- Correos electrónicos.
- Sanciones.
- comunicaciones internas.
Solicita asesoramiento cuanto antes
Los primeros días tras el despido suelen ser decisivos. Una actuación incorrecta puede limitar seriamente las posibilidades de éxito.
¿Es obligatorio acudir a juicio?
No. Antes de presentar la demanda debe celebrarse un intento de conciliación administrativa ante el servicio competente de mediación y conciliación (SMAC o el órgano equivalente en cada comunidad autónoma). En esta fase muchas empresas presentan ofertas económicas. Una negociación bien planteada puede evitar meses de litigio. Aceptar o rechazar dichas ofertas exige valorar:
- La solidez de las pruebas.
- Las probabilidades de éxito.
- El importe real de la indemnización.
- Los riesgos del procedimiento.
¿Qué pruebas ayudan a ganar un despido improcedente?
Cada procedimiento es diferente. No obstante, suelen ser especialmente relevantes:
- Correos electrónicos.
- Conversaciones de WhatsApp.
- Grabaciones realizadas legalmente por quien participa en la conversación;
- Informes internos.
- Cuadrantes.
- Registros horarios.
- Testigos.
- Documentación económica de la empresa cuando se alegan causas objetivas.
En muchos asuntos, una única conversación mantenida con un superior puede cambiar completamente el resultado del procedimiento.
¿Por qué contratar a un especialista en despidos?
El Derecho del Trabajo es una materia altamente técnica. Un profesional especializado puede detectar cuestiones que pasan desapercibidas para quien no trabaja diariamente con procedimientos laborales, como:
- Defectos en la carta de despido;
- Incumplimientos del convenio colectivo;
- Vulneraciones del procedimiento.
- Posibles causas de nulidad.
- Errores en el cálculo indemnizatorio.
- Defectos probatorios de la empresa.
Cada una de estas circunstancias puede influir de forma decisiva en el resultado del procedimiento.
Adrián Antón especialistas en despidos e indemnizaciones
En Adrián Antón prestamos asesoramiento integral en procedimientos de despido, ofreciendo una estrategia personalizada desde el primer momento. Nuestro trabajo comienza incluso antes de presentar la papeleta de conciliación, analizando la documentación, valorando la viabilidad de la reclamación y diseñando la mejor estrategia para defender los intereses de nuestros clientes.
Si has recibido una carta de despido o sospechas que la empresa no ha actuado conforme a la ley, podemos estudiar tu caso y explicarte, con total transparencia, cuáles son las posibilidades reales de éxito. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Preguntas frecuentes sobre el despido improcedente (FAQ)
¿Puedo reclamar aunque haya firmado la carta de despido?
Sí. Firmar la recepción de la carta no implica aceptar el contenido. Si has firmado, es recomendable haber añadido la expresión “no conforme”, aunque incluso sin ella puede ser posible impugnar el despido.
¿Qué ocurre si la empresa reconoce la improcedencia?
Puede reconocerla durante el procedimiento y abonar la indemnización correspondiente, evitando que el conflicto continúe hasta sentencia.
¿Tengo derecho a paro si el despido es improcedente?
Sí. Siempre que cumplas los requisitos de cotización exigidos por la normativa de Seguridad Social, el hecho de que el despido sea declarado improcedente no impide el acceso a la prestación por desempleo.
¿Puede la empresa despedirme sin avisar?
En el despido disciplinario no existe obligación de preaviso. En determinados despidos objetivos sí pueden existir requisitos específicos que deben cumplirse.

