Despido improcedente: qué es y cuáles son sus consecuencias

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Despido improcedente: qué es y cuáles son sus consecuencias

Hoy en día, podemos observar como la jurisprudencia que regula los despidos, diferencia entre varios tipos de terminación del contrato laboral entre el trabajador y la empresa. Además, cada despido (procedente, improcedente o nulo) puede estar motivado por razones radicalmente opuestas entre ellos. A pesar de esta diversidad, encontramos que uno de los despidos más habituales es el despido improcedente.

Antes de definir en qué consiste, cuáles son las consecuencias. Especialmente costes que tiene tanto para el trabajador como para el empresario el despido improcedente, tendría que analizarse el la evolución de la normativa laboral

Contexto histórico en el que se desarrolló el despido improcedente

En el año 1975, España se ve inmersa en un contexto único y de naturaleza comprometida. Cada una de las acontecimientos que impulsaban al país a reformar tanto su sistema legislativo como social se encontraban en situaciones límite.

Desde la perspectiva económica, existían muchos desencadenantes que llevaron a España a ese punto de inflexión y de transformación. Uno de los hechos que precipitaron la situación fue el aumento sin precedentes que sufrió el carburante, convirtiéndose así en un detonante para que se produjera un cambio de la legislación que regulaba el despido y su, hasta entonces desconocida, indemnización. A esta situación se le añadieron otros factores, como el rápido aumento del desempleo que alcanzaban cifras nunca antes vistas. 

Fue en ese momento cuando, por primera vez, aparecieron reglamentos y normativas que controlaban las causas y el tipo de despido. Tanto es así que, en pleno cambio de perspectiva económica, surgió la indemnización por despido como forma de proteger a los trabajadores. Unido a esto también se modificó el paradigma de los contratos laborales: se consideraba por primera vez el contrato indefinido como el tipo de trabajo por defecto, considerando los contratos temporales como la excepción (Fuente: El Coste del Despido y Otras Formas de Terminación del Contrato de Trabajo por Iniciativa Empresarial: Un Análisis Jurídico y Económico. Editorial Thomson Reuters).

¿Qué es el despido improcedente?

Tras explicar brevemente la historia que envuelve a la aparición tanto del despido improcedente, como de su correspondiente indemnización por despido, se convierte requisito indispensable conocer exactamente en qué consiste. 

El despido, es una herramienta con la que la organización o el empresario deciden extinguir la relación de tipo laboral con un empleado. Sin embargo, un aspecto a destacar en el despido improcedente es que la finalización del contrato laboral, se produce de manera injustificada ante la ley, es decir, no se cumplen los requisitos legales para que se produzca el despido. Estos requisitos pueden ser que no se recojan en el Estatuto de los Trabajadores o que la empresa no haya llevado a cabo el proceso correctamente: no existe carta de despido, no hay expediente contradictorio en caso de que sea un representante de los trabajadores, etc.  

Además, es de vital importancia conocer qué otras sentencias en materia de despido existen, según lo que se haya dictado en la correspondiente sentencia o reconocimiento en acto de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Hay que tener en cuenta, que el denominado “despido exprés” (no pudiendo reconocer la empresa el despido improcedente en la carta y el abono de las indemnizaciones) no se puede realizar desde la reforma laboral del 2012.

Aparte de la improcedencia del despido, podemos encontrarnos otros de tipos de despido:
  • Despido disciplinario. Este tipo de despido, se da cuando los motivos de la finalización de la relación entre empresa y trabajador están debidamente reglados y justificados. Estos tipos de despidos se producen, cuando hay un incumplimiento muy grave del trabajador para justificar la procedencia del despido.
  • Despido objetivo. Se produce cuando se comunica el despido por causas objetivas, que pueden y deben ser acreditados en caso de impugnación del despido en los tribunales. Puede entre otros, por fuerza mayor, motivos económicos o causas técnicas u organizativas o de producción.
  • Despido nulo. Esta resolución implica que el motivo por el que se ha llevado a cabo el despido del empleado era discriminatorio, vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores así como de la libertad pública del mismo y otros casos regulados por la normativa vigente. En esta situación se incluyen situaciones como el uso de la baja por maternidad o paternidad, prácticas de conciliación de la vida laboral y personal, etcétera.

Es habitual que el trabajador se sienta en una situación única en la que la parte empresarial tiene una posición ventajosa en comparación con el empleado ya que se encuentra correctamente asesorada. Por eso es importante que te pongas en contacto con un experto en derecho laboral que te asesore y te proporcione ese respaldo jurídico que necesitas. 

Por lo tanto, es importante recordar que el despido improcedente ocurre cuando los motivos o causas que motivan al empresario a rescindir los servicios del trabajador no están justificados legalmente.

¿Qué puedes hacer si te despiden de la empresa?

El primer paso que tienes que hacer para proceder a tu correspondiente indemnización o readmisión en el puesto de trabajo es impugnar a través de la presentación de una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). El plazo para refutar tu despido es de 20 días hábiles desde la comunicación del mismo. 

Una vez que se ha dictado la sentencia, siendo calificado como despido improcedente, el empresario contará con 5 días para decidir si te indemniza o si te incorporas a tu puesto de trabajo con los abonos del salario de tramitación. Si no potara la opción la empresa en el plazo indicado, se produciría como si hubiera elegido la readmisión del trabajador. En caso, calificado por los tribunales o en conciliación, como despido improcedente y que se trate un representante de los trabajadores. Decidirá el propio trabajador, si quiere optar por la readmisión (más los salarios de tramitación) o la indemnización

¿Qué pasa si la empresa decide indemnizar el despido? ¿Qué cantidad te correspondería?

Si el despido improcedente sigue adelante, es normal que te preguntes cuál es la cantidad que te corresponde recibir. La cuantía podrá variar según las características del caso. A rasgos generales el importe representará 33 días de sueldo por cada año trabajado, abarcando como máximo 24 mensualidades.

Sin embargo, si tu contrato laboral tiene fecha anterior al 12 de febrero del 2012 la indemnización se calculará de otra forma: 

  1. En cuanto al tiempo trabajado hasta el 12/02/2012. Para realizar el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta 45 días de sueldo por cada año trabajado, abarcando un máximo de 42 mensualidades.
  2. Por otro lado, el tiempo trabajado desde esa fecha (12/02/2012). Devengará en 33 días de sueldo por año trabajado, abarcando un máximo de 24 mensualidades.

Si en tu contrato laboral se dan los dos casos, se abordará como máximo 42 mensualidades. El Consejo General del Poder Judicial (CGPD), ha facilitado una herramienta, para calcular el importe de las indemnizaciones de los diferentes despidos. Que pueden ser improcedente, objetivo, etc. o extinciones del contrato del trabajador. Puedes acceder a esta herramienta en este enlace.

Unas de las principales incertidumbres que tiene el trabajador es si tiene derecho a paro tras este tipo de despido. La respuesta es clara: sí tiene derecho a desempleo. Al igual que con otros tipos de despido, al quedarse el empleado en una situación de desempleo sí que tiene derecho a cobrar el subsidio de desempleo si cumple los requisitos para ello.

Otras dudas que te pueden surgir si te encuentras en esta situación es la siguiente: ¿Puedo incorporarme al puesto de trabajo?. Tal como se ha comentado anteriormente, una de las opciones que tiene la empresa cuando el trabajador reclama el despido improcedente es reincorporar al empleado a su puesto de trabajo anterior. Si esto ocurre, deberá abonar los correspondientes salarios de tramitación. Sin embargo, no deberá pagar la indemnización del trabajador, pues al no materializarse el despido no es necesario. 

¿Qué costes tiene para la empresa el despido?

Es bien sabido que, cualquier proceso empresarial conlleva unos gastos así como unos beneficios. En el caso del despido improcedente, aquellos costes que están relacionados directamente con la parte financiera y económica son claros. La indemnización (en el caso de que la sentencia así lo dicte) y gastos asociados como el posible abono de la tramitación del salario. 

Sin embargo, existen muchos más costes que, en algunas ocasiones, no se tienen en cuenta cuando se despide a un trabajador. Entre estos costes indirectos  se ha de destacar, en primer lugar, los relacionados con el proceso de selección de personal. De esta forma, una mala selección puede conllevar una gran cantidad de gastos. Ya que si la persona seleccionada para un determinado puesto no se adapta óptimamente ni al puesto ni a la empresa, las probabilidades de que se produzca un proceso de rotación es muy alta. Si esto ocurre, se deberá empezar de nuevo con el proceso de selección añadiendo, otra vez, los costes. 

El único valor vital que una empresa tiene es la experiencia, habilidades, innovación y conocimientos de sus empleados”.- Leif Edvinsson.

Por otro lado, cuando se produce un despido la empresa también deja ir formación ya sea en forma de experiencia o a través de la realización de cursos y/o formación académica. Y es que, la empresa invierte económicamente para formar a sus empleados y hacer que se desarrollen profesionalmente en la misma. 

¿En qué puede ayudarte un especialista en Derecho Laboral?

Una de las peculiaridades del despido improcedente, es que ocurre transgrediendo la normativa y la ley vigente. Es por ello que, en estas situaciones el trabajador, tiene la posibilidad de obtener una mayor cantidad de indemnización o, si así lo decide el empresario, regresar al puesto de trabajo. Para que alguna de estas opciones pueda ocurrir, es necesario que el empleado realice una reclamación. Siempre dentro del plazo correspondiente para su impugnación, 20 días desde la notificación del despido.

Al tratarse de una situación donde prima la incertidumbre, la figura del especialista en derecho laboral, se centrará en poner en marcha las respectivas reclamaciones. Teniendo la seguridad de que estás en manos de un profesional y que conoce exactamente cómo actuar en tu caso específico. Encargándose del proceso de impugnación del despido, la indemnización o la reincorporación al puesto de trabajo, el finiquito y, si fuera necesario, la solicitud de la prestación por desempleo. 

Si te han despedido, ponte en manos de un experto laboralista. Tanto si tienes dudas, sobre la cantidad que ofrece la empresa por la indemnización por despido, como si crees que tu despido es improcedente. No dudes en contactar con nosotros, somos expertos en Derecho Laboral y en reclamación por despidos, disponemos de despacho en Alicante, Elche y Murcia.

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