Una de las cuestiones más habituales cuando se revisan los convenios colectivos de aplicación es que si entre los derechos y obligaciones que tiene la empresa con los trabajadores, es que si es obligatorio o voluntario realizar un seguro de convenio colectivo, que cubren las indemnizaciones adicionales reflejadas por convenio colectivo.
Cada convenio colectivo, tiene una serie de obligaciones y tipo de situaciones, que han de asegurarse, las más habituales que nos podemos encontrar:
- Accidente laboral: Fallecimiento, invalidez permanente absoluta, invalidez permanente parcial, invalidez permanente total y gran invalidez.
- Accidente no laboral: Fallecimiento, invalidez permanente absoluta, invalidez permanente parcial, gran invalidez e invalidez permanente total.
- Enfermedad común: Fallecimiento, invalidez permanente total invalidez permanente parcial, invalidez permanente gran invalidez e invalidez permanente total.
- Enfermedad profesional: Fallecimiento, invalidez permanente absoluta, invalidez permanente parcial, invalidez permanente total y gran invalidez.
Las indemnizaciones económicas se derivan según la actividad económica de la empresa y el convenio colectivo de aplicación. En caso que se produzca algún hecho que afecte a algún trabajador y que esté reflejado en las obligaciones de la empresa, tiene que ser pagada como una indemnización adicional, que está fijada por convenio colectivo de trabajo y dependiendo de las circunstancias en las que se produzca.
La póliza de seguro colectivo suele actualizarse cada año según el número medio de empleados que tenga la empresa en ese periodo.
¿Qué ocurre si no contrato el seguro obligatorio de la empresa?
El seguro de convenio colectivo obligatorio, conocido también como seguro de accidentes de convenio colectivo obligatorio, es de obligada contratación, en caso de que la empresa no lo tenga contratado, en caso de que tenga algún trabajador tenga algunas de las contingencias y no están aseguradas.
La empresa debe responder directamente por ellas, haciéndose cargo íntegramente de los costes. Además, puede ser sancionada por inspección de trabajo por un incumplimiento de las obligaciones con los trabajadores.
Si el trabajador no ha percibido la indemnización correspondiente fijada por el convenio colectivo de aplicación deberá interponer demanda en el Juzgado de lo Social contra la empresa para poder cobrar dicha indemnización.
¿Puede mejorar la empresa las condiciones del convenio colectivo obligatorio?
Si, la empresa puede complementar las indemnizaciones fijadas por el convenio colectivo de aplicación, mejorando así las condiciones que tienen los trabajadores en la empresa.
¿Qué empresas pueden tener el seguro de convenio colectivo obligatorio?
Lo primero que se tiene que hacer es verificar el convenio colectivo y si la empresa está obligada a tenerlo contratado. Algunos de los convenios colectivos que puede ser el seguro colectivo obligatorio son sectores como:
La construcción y obras públicas, mayoristas de la alimentación, industria siderometalúrgica, transporte de mercancías por carretera, comercio textil, mármoles, piedras y granitos, salas de bingo, canteras y serrerías de mármol, comercio textil, industria de panadería, etc.
Si necesitas alguna aclaración adicional referente a la obligación del seguro obligatorio por el convenio colectivo de aplicación en tu empresa, puedes ponerte en contacto conmigo sin ningún compromiso en los despachos de Alicante, Elche y Murcia.