Durante el transcurso laboral, pueden suceder casos en los que no se cumplen todos los derechos que se tiene como trabajador. Además es posible, que también los desconozcas por la complejidad que se da en determinados casos, como es la reclamación por despido.
Muchas de las consultas que me llegan al despacho, al revisar sus casos por completo. Suelen presentarse otros tipos de incumplimientos por parte de la empresa, como son conceptos salariales no aplicados, categoría profesional no adecuada a las funciones del trabajador, etc.
Hay una serie de requisitos, para realizar una la reclamación por despido, principalmente son los siguientes:
1. Que el trabajador esté dado de alta en la Seguridad Social o que tenga pruebas de que haya existido la relación laboral con la empresa.
Aunque no le haya dado de Alta en la Seguridad Social, se puede interponer demanda por no haber sido dado de alta y que se reconozca ese periodo como laboral.
2. Que te hayan despedido
Este punto es importante ya que si no hay despido expreso (Carta de despido, comunicación verbal, mensaje de texto, etc.) o despido tácito (No te comunican directamente tu despido, puede ser que te comuniquen desde la Seguridad Social con un mensaje de texto que ya no estás dada de alta). No se puede accionar la impugnación por despido vía judicial.
3. Reclamación de cantidad
Se produce cuando la empresa, te ha estado pagando menos de lo que te corresponde por las funciones desarrolladas y viene regulado convenio colectivo de aplicación.
4. Horas extras no abonadas
Es lo más complicado de demostrar y tiene que demostrarlo el trabajador, normalmente se suelen demostrar con grabaciones, cuadrantes horarios de turnos o por el propio registro horario que es obligatorio desde el 12 de mayo de 2019.
5. Vacaciones pendientes
Deben ser liquidadas las vacaciones no disfrutadas, en caso contrario, se pueden reclamar junto a la acción del despido. Normalmente son 30 días por año trabajado o 2,5 días por mes trabajado, salvo que el convenio colectivo de aplicación indique lo contrario.
Los documentos que principales para impugnar el despido sería si los hubiera: la carta de despido, contrato de trabajo, informe de la vida laboral, las nóminas y todas las pruebas que pueda conseguir el trabajador. El plazo para reclamar el despido son 20 días laborales, desde que tenemos constancia del despido.
Los pasos para la reclamación por despido, por parte del trabajador
- El primer procedimiento para iniciar la reclamación es presentar la papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, y Conciliación de la Administración (SMAC o CMAC) de la comunidad autónoma que corresponda.
- Si no hay acuerdo amistoso, se deberá presentar la demanda ante el juzgado de lo social (Hay que tener en cuenta los plazos de prescripción, por si hay que presentar la demanda). Habiendo otro intento de conciliación antes de entrar en sala. Si no hubiera acuerdo por segunda vez, el juez dictará sentencia favorable o desfavorable a la reclamación judicial.
- En caso de que sea favorable, el trabajador tendrá derecho a una indemnización por improcedencia. De 45 días por año de salario si su relación laboral se inició antes de la entrada en vigor de la reforma laboral (12 de febrero de 2012) y de 33 días por salario por año (posterior al 12 de febrero de 2012) o su readmisión con el pago de los salarios de tramitación (dejados de percibir desde el despido hasta la incorporación del trabajador en la empresa) en caso de que el empresario opte por esta. También darse el caso, de que el despido fuera nulo, pero estos casos son menos frecuentes.
Si tienes cualquier duda, ponte en contacto conmigo, estudiaré la viabilidad de tu reclamación y te daré respuesta lo antes posible. Consulta conmigo sin ningún compromiso de manera presencial en los despachos de Alicante, Elche o Murcia.