
Cuando una empresa no te paga la nómina, no se trata simplemente de un retraso económico: además puedes estar ante un incumplimiento laboral grave que afecta directamente a tus derechos como trabajador. Esta situación, además de generar inseguridad financiera, puede tener consecuencias legales importantes para la empresa que te ha contratado.
En este artículo te explicamos, desde nuestra experiencia como expertos en derecho laboral qué pasos puedes seguir para reclamar tu salario de forma efectiva y cumpliendo la normativa laboral vigente. Además de ofrecer varios consejos previos a tomar las acciones legales.
¿Cuándo se considera que hay un impago de salario?. Es decir, no te paga la nómina
El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores indica que: “La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes”. Esto quiere decir que debe abonarse de forma mensual, conforme el Convenio colectivo de aplicación o costumbre. Si la empresa no te abona la nómina en la fecha acordada, aunque sea una solamente una mensualidad, se considera impago de esta.
Además, conforme el art. 4.2 letra f) del Estatuto de los trabajadores. “2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho: f) A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida”
El tamaño o la situación económica de la empresa, no justifica este incumplimiento, pero si que podremos hacer matizaciones respecto a la infracción legal o normativa.
Paso 1: Revisa tu contrato y convenio colectivo
Antes de dar ningún paso formal, tómate un momento para revisar dos documentos fundamentales:
- Tu contrato laboral y los usos y costumbres de la propia empresa: La empresa puede tener la costumbre de abonar los salarios en un determinado día del mes
- El convenio colectivo aplicable de la empresa: en muchos convenios colectivos establece un plazo fijo para el abono del salario (por ejemplo, del 1 al 5 de cada mes).
Si ese plazo ha pasado y la el abono de la nómina del mes, ya se puede considerar que la empresa ha incumplido con su obligación más básica: pagarte por tu trabajo en el tiempo estipulado. O Al menos, hay un retraso del abono de la nómina.
Paso 2: Intenta resolverlo directamente
Aunque no es obligatorio, lo más adecuado en primer lugar se suele ser hablarlo directamente con el departamento de Recursos Humanos o tu responsable. Es preguntar que por qué no te ha pagado la nómina. A veces, detrás de un retraso hay simplemente un error administrativo o un problema técnico que se puede arreglar en poco tiempo.
Podemos encontrarnos, por ejemplo, un caso que tuve de un trabajador del sector tecnológico notó que su nómina no llegó el día habitual ni el día siguiente. Tras comentarlo con la empresa, descubrieron un fallo en la domiciliación bancaria. En menos de 48 horas lo solucionaron y cobró su nómina sin más problemas.
Ahora bien, si la empresa no da una explicación clara o el problema persiste, es importante dejar constancia por escrito y es aconsejable el siguiente paso.
Paso 3: Reclama formalmente por escrito
Aquí ya nos toca dejar una evidencia documental. Envíales un requerimiento de pago donde quede claro lo que estás reclamando. Puedes hacerlo de varias formas:
- Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido (es la opción más segura y acreditativa). Aunque siempre puedes presentar un escrito directamente a tu empresa, aunque tendrán que firmarte como «recibí».
- Correo electrónico desde una cuenta personal, asegurándote de guardar la confirmación de envío.
- WhatsApp o cualquier otra aplicación, como la intranet es menos aconsejable, pero puede servirnos en un procedimiento judicial.
En ese escrito, exige el abono de lo que te deben e informa, de forma firme pero respetuosa, que, si no regularizan la situación, tomarás medidas legales.
Paso 4: Presenta papeleta de conciliación
Si a pesar de tu reclamación escrita no recibes respuesta o la empresa sigue sin pagar, el siguiente paso es presentar una papeleta de conciliación laboral ante el organismo correspondiente (SMAC, CMAC o el que toque según la comunidad autónoma).
Este trámite es obligatorio antes de acudir a juicio. Puedes reclamar salarios hasta un año atrás, es el plazo de caducidad de 1 año.
Paso 5: Demanda judicial por reclamación de cantidad
Llegados a este punto, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social reclamando lo que se te debe. Como hemos comentado en el paso 4, tienes un año desde la fecha en que te debieron abonar los salarios.
En la demanda puedes incluir:
- Salarios impagados.
- Intereses de demora del 10%
- Otras cantidades pendientes (pluses, bonus, dietas, pagas extras…).
Aunque legalmente no necesitas un profesional, como un abogado o graduado social, contar con uno es más que recomendable, sobre todo si llevas varios meses sin cobrar o si hay más incumplimientos por parte de la empresa.
Paso 6: Solicita la extinción del contrato con indemnización
Si la situación se repite —por ejemplo, conforme el art. 50 del Estatuto de los Trabajadores, se puede extinguir el contrato por voluntad del trabajador: “1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. Sin perjuicio de otros supuestos que por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos, se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador o la trabajadora, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas, o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos”.
Con esta opción, puedes pedir al juez que dé por terminado tu contrato. Y no se trata solo de marcharte: esta extinción tiene los mismos efectos que un despido improcedente. Pero tiene que ser mediante resolución del juzgado de lo Social.
Eso implica:
- Una indemnización de 45 días por año trabajado (antes del 12 de febrero de 2012) y una indemnización de 33 días por año trabajado (A partir del 12 de febrero de 2012)
- Acceso a la prestación por desempleo (paro), siempre que tengas derecho por cotización previa.
Podemos encontrar el caso trabajador del sector de la limpieza estuvo cuatro meses sin cobrar. Llevó su caso a juicio, consiguió extinguir su contrato, cobró los 4 salarios mensuales debidos y recibió más de 4.500 euros de indemnización, además de poder solicitar la prestación por desempleo.
Además, se considera infracción muy grave el impago de salarios y los retrasos reiterados, lo cual puede acarrear al empresario sanciones de entre 7.501 a 225.018 euros para la empresa incumplidora.
¿Y si la empresa ha cerrado o está en concurso?
Si la empresa ya no puede pagar porque ha cerrado o está en concurso de acreedores, puedes acudir al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). Este organismo cubre:
- Salario mínimo interprofesional diario para 2025 (SMI): 46,04 euros
- Duplo S.M.I. con prorrata de pagas extraordinarias: 92,08 euros
- Límite Salarios (120 días): 11.049,60 euros
- Límite Indemnizaciones: 33.152,00 euros
El FOGASA interviene cuando se acredita que la empresa no puede asumir sus deudas salariales o indemnizatorias, pero siempre con unos límites y otros conceptos que no pagarán (como son dietas, kilometraje, etc.)
Otros casos que nos podemos encontrar
Eres falso autónomo
Si facturas como autónomo, pero en realidad trabajas bajo órdenes y con dependencia de una sola empresa, puede que estés ante un caso de falso autónomo. En estas situaciones, también puedes reclamar como si fueras asalariado, aunque deberás demostrar que la relación laboral existe realmente.
Tienes un contrato temporal
No importa si tu contrato es de unos días, de meses o por obra. Si no te pagan, tienes los mismos derechos que cualquier trabajador indefinido. Y si el impago se repite, también puedes solicitar la extinción indemnizada del contrato.
Estoy de baja médica y mi empresa no me está pagando.
Si te encuentras en situación de incapacidad temporal y tu empresa tiene la obligación de abonarte la parte correspondiente durante la baja, pero no lo está haciendo, tienes varias vías para reclamar.
Por un lado, puedes presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC o CMAC) de tu comunidad autónoma. Si no se alcanza un acuerdo en esa fase, podrás presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social para reclamar las cantidades que te deben en el proceso de Incapacidad Temporal. Además, puedes solicitar el pago Directo a la Mutua o al INSS (en cualquiera que corresponda), por incumplimiento del pago delegado de la prestación. Ya que la empresa no te está pagando la nómina.
Recomendaciones clave para resolver la cuestión del impago de tu nómina
- No esperes: actúa desde el primer mes sin cobrar tu nómina.
- Guarda todo: nóminas, transferencias, correos, mensajes, etc. Todo puede servirte de prueba en caso de una reclamación
- Consulta con un experto en derecho laboral cuanto antes. Un buen consejo y asesoramiento a tiempo puede ahorrarte muchos inconvenientes futuros.
No cobrar por tu trabajo no solo es injusto, no es ajustado a la legalidad laboral. Cuando una empresa no paga, rompe una de las bases más elementales del vínculo laboral. Pero no estás indefenso: la ley te protege, y existen herramientas y profesionales para ayudarte. Si necesitas más información para resolver la cuestión de por qué no te paga la nómina la empresa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros o a través del correo electrónico info@adriananton.es o el teléfono 622 032 500