Obligaciones de la empresa en Prevención de Riesgos Laborales

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Obligaciones de la empresa en Prevención de Riesgos Laborales

Una de las cuestiones más importantes, que debemos analizar, cuando disponemos de colaboradores en la empresa, son los deberes y obligaciones que tiene las empresas para proteger a los trabajadores. No solamente viene recogido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la Constitución Española y leyes de aplicación, además hay otras normativas de aplicación. La Prevención de Riesgos Laborales (PRL), son las medidas adoptadas o previstas por la organización para evitar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral y por ello, cumplir con las obligaciones de la empresa, en Prevención de Riesgos Laborales.

Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con el apoyo de otros organismos (Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, es el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo) la vigilancia y control sobre la normativa en PRL.

Afortunadamente, cada vez es más difícil encontrar empresas y trabajadores, en las que no toman conciencia sobre la prevención de riesgos laborales en las empresas. Frases como las siguientes, son cosas del pasado, ¿o no?:

  • “Esto se ha hecho siempre así y no ha pasado nunca nada”.
  •  “¿A mí me vas a decir cómo tengo que hacer mi trabajo?”.
  •  “¿Con esto, estoy cubierto, no? “.
  •  “Era solo un momento, ahora me pongo el arnés de seguridad”. 

¿Cuáles son las principales obligaciones de la empresa en Prevención de Riesgos Laborales?

La empresa debe cumplir una serie de obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, entre los que podemos destacar:

1. Evaluar los riesgos de la empresa y del puesto de trabajo

Debe poner en marcha las acciones preventivas, evaluar el riesgo teniendo en cuenta la actividad de la empresa y del puesto de trabajo, combatiendo los riesgos en su origen y no solo los efectos.

2. Organizar los medios humanos, técnicos y materiales necesarios en materia de PRL

Se debe tener en cuenta la evolución de la técnica y organizativa de la empresa y del puesto de trabajo.

3. Medidas de emergencia

En caso de que exista una emergencia, no prevista por la actividad habitual de la empresa (Incendio, accidente, explosión, etc.) la empresa y sus trabajadores, deben saber como actuar en estos casos.

4. Proporcionar Equipos de Protección Individual

Deben ser proporcionados de manera gratuita, a todos los empleados, además de ser adecuados al puesto de trabajo y acordes a los riesgos que se tengan por las tareas o funciones desarrolladas.

5. Proteger a los trabajadores especialmente sensibles

Puede encuadrarse trabajadores con algunas discapacidades, trabajadores menores de edad, embarazadas y en período de lactancia.

6. Informar y formar a los trabajadores

En materia de PRL y del uso de los equipos de trabajo y de los equipos individuales para el correcto uso de los mismos.

7. Vigilancia de la Salud

Debe ser periódica y en algunas ocasiones no puede ser voluntaria por parte del trabajador.

8. Documentar

El empresario debe realizar y conservar toda la documentación relativa a la PRL en la empresa (Controles médicos, evaluación de riesgos, entrega de equipos de protección individual, formaciones, etc.)

¿Qué consecuencias puede tener el empresario en caso de incumplimiento?

No hace falta que exista un accidente laboral o enfermedad en la empresa para que se produzca una grave crisis de reputación en la empresa, una compañía que no cumple la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, no tiene una buena imagen, tanto para sus trabajadores como para proveedores y clientes.

Un trabajador que sufre un accidente laboral, provoca una serie de costes para la empresa, entre los que podemos encontrar, el de la prestación por incapacidad temporal, costes asistenciales, daño reputacional, etc.

En caso de incumplimiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales, las sanciones pueden llegar a ser muy elevadas, desde 40.-€ por una falta Leve (en su graduación mínima), hasta los 819.780.-€ si se considera falta Muy Grave (en su graduación máxima).

Además, en caso de accidente o enfermedad laboral, podemos encontrarnos con la posible demanda por parte del trabajador solicitando una indemnización por daños y perjuicios, además de esto, los recargos de prestaciones (que pueden ir del 30% al 50%) que nos pueden llegar a condenar, en caso de que hayamos incumplido la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

Es importante que, te pongas en manos de un experto en materia en Derecho Laboral y en Prevención de Riesgos Laborales, si necesitas que te asesore sobre los requisitos para evitar estas situaciones, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

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