Derecho Laboral

Derecho Laboral

Como Graduado Social Ejerciente Número 2.321 del Excmo. Colegio de Graduados Sociales de Alicante que me habilita ser Asesor jurídico en materia laboral en todo el territorio español, teniendo una amplia formación y experiencia en Derecho del Trabajo. El Graduado social es una de las tres profesiones jurídicas existentes en el territorio español junto a los procuradores y abogados, habilitadas en la práctica procesal. El Graduado Social está especializado y únicamente ejerciente en el área de la Seguridad Social y Derecho Laboral (Representación ante los Juzgados de lo Social).

Soy especialista en Derecho laboral y doy cobertura a todos los aspectos prácticos de esta área, ofreciendo asesoramiento personalizado ante todas aquellas cuestiones que pueden surgir en materia Laboral, tanto en la gestión del día a día de una empresa, como a las controversias surgidas con los trabajadores y particulares.

Presto servicios jurídicos a diferentes colectivos, ya sean empresas como trabajadores y particulares, teniendo en cuenta las controversias surgidas por cada uno de los colectivos, buscado siempre la mejor solución posible. Teniendo en la actualidad clientes en todo el territorio español, con diferentes necesidades jurídicas.

El derecho Laboral y de la Seguridad Social da cobertura a múltiples áreas que cambian constantemente, por eso siempre es más que nunca, la necesidad de buscar un especialista en dichas materias que ofrezca una especialización, es clave para el éxito del proyecto.

Colaboro con diferentes despachos de abogados, tanto en materia civil, mercantil o penal, dotándome una amplia visión del derecho empresarial en la prestación de asesoramiento en tanto en las empresas como en particulares.  Actualmente presto mis servicios presencialmente en Alicante, Elche y Murcia, ofreciendo un servicio personalizado y cercano tanto en el asesoramiento como en la defensa legal de trabajadores, particulares y empresario

SERVICIOS

Presto servicios en el ámbito de Derecho Laboral y Seguridad Social, ofreciendo asesoramiento y defensa jurídica en todas las materias de las citadas áreas:

  • Reclamación de Cantidad
  • Despidos Disciplinarios, Objetivos e Improcedentes
  • Acoso Laboral y Sexual
  • Negociación de Convenios de Empresa
  • Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (Jornada, movilidad Geográfica, Categoría, Salario, etc.)
  • Reuniones entre la Dirección de la Empresa y los Representantes de los Trabajadores.
  • Clasificación Profesional
  • Solicitud de Incapacidad Permanente ante el INSS (Parcial, Total, Absoluta o Gran Invalidez)
  • Impugnación de Altas Médicas
  • Impugnaciones de Actas de Inspección, tanto en vía administrativa como en vía judicial
  • Medidas de conciliación de la vida familiar y laboral
  • Redacción Cartas de Despidos (Disciplinarios y Objetivos)
  • Sistemas de Retribución Variables e Incentivos
  • Procedimientos Sancionadores (Faltas Leves, Graves o Muy Graves)
  • Reclamaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Recargos de Prestaciones en caso de Accidente Laboral o Enfermedad Laboral.
  • Alta Dirección: Contratos, cláusulas, ceses y despidos.
  • Arbitraje, mediación y conciliación
  • Estudio y redacción de planes de reestructuración empresarial.
  • Alta Dirección: Contratos, cláusulas, ceses y despidos.
  • Arbitraje, mediación y conciliación
  • Estudio y redacción de planes de reestructuración empresarial.
  • Permisos y excedencias
  • Representación y solicitudes ante el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
  • Formalización y supervisión de los contratos, seguros sociales y Recibos de Salarios (Nóminas)
  • Accidentes de Trabajo
  • Cesión Ilegal de Trabajadores
  • Sucesión o Subcontratación de Trabajadores.
  • Subvenciones y bonificaciones de creación de empleo.
  • Cláusulas de Confidencialidad, acuerdos de exclusividad y no competencia
  • Asesoramiento y trámites de prestaciones de la Seguridad Social: Jubilación, Viudedad, Orfandad, Paternidad y Maternidad.
  • Due Diligence Laboral

Para un mejor asesoramiento de tu defensa jurídica, es mejor que me puedas traer toda la documentación que dispongas, un asesoramiento proactivo es clave para el éxito de una empresa, trabajador o particular. Contacta conmigo si necesitas resolver alguna cuestión laboral, estudiaré tu situación, así como las soluciones legales a adoptar.

Preguntas Frecuentes

Puedes ponerte en contacto para consultarme sin ningún compromiso. Cualquier duda o proyecto al respecto y te orientaré sobre cuál es la solución más adecuada a tus necesidades.

Dependiendo de la complejidad de la consulta, suelo establecer una cita en algunas de los despachos que puedo atenderte, siempre es aconsejable que aportes toda la documentación sobre el caso que quieres que estudie, si es necesario, suelo colaborar con otros profesionales especializados en cada materia, para así ofrecer un asesoramiento personalizado.

En todo caso, conocerás la situación de tu caso y el estado del proyecto o procedimiento judicial.

El mundo del Derecho Laboral y de los Recursos Humanos es muy amplio, puede ser que no aparezca tu consulta en concreta en la web, mis especialidades son:

  1. Consultoría Estratégica/Formación
  2. Jurídico Laboral/Derecho Laboral
  3. Prevención de Riesgos Laborales
  4. Auditoría y Peritaje en Materia Laboral y Social
  5. Interim Manager/Externalización de RRHH

Si no encuentras lo que estás buscando, no te preocupes, puedes consultarme sin ningún compromiso y buscaré la mejor solución ya que trabajo con múltiples profesionales de todos los sectores.

Un despacho Laboralista son especialistas en derecho laboral y Recursos Humanos, dedicándonos exclusivamente a estas materias, las competencias de actuación pueden ir desde la vía administrativa (Inspección de Trabajo hasta la Representación ante los Tribunales en todo tipo de procedimientos laborales, como son los despidos, Incapacidades, Accidentes de Trabajo, etc.)

Es un experto en Relaciones Laborales, Sociología y Recursos Humanos, Laboralista, Consultor en Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Entre sus competencias principales está la representación en los Tribunales de Justicia en los Juzgados de lo Social, siendo especialistas de esta materia. En mi caso soy Colegiado Ejerciente del Excmo. Colegio de Graduados Sociales de Alicante con Número 2.321

Puedes contactar de diferentes maneras, la forma más rápida es mediante el formulario de contacto, también puede mandar un correo electrónico a la siguiente dirección: info@adriananton,es o llamar al número de teléfono 622 032 500

Todo trabajador tiene derecho a ejercer la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos (Art. 24 CE), al del ejercicio de las acciones individuales derivadas de su contrato de trabajo (ART. 4.2 G) del Estatuto de los Trabajadores). Nuestra Carta Magna, en su art. 21 se traduce la imposibilidad de que se tome represalias el empresario contra el trabajador por al ejercicio de sus derechos laborales (Garantía de Indemnidad).

En caso de que se produzca el despido como represalia del haber interpuesto alguna reclamación, tanto judicial como extrajudicial, el Tribunal de lo Social deberá pronunciarse como una actuación discriminatoria y radicalmente nula. Esto implica, por tanto, que del efectivo ejercicio de la acción judicial, no pueden derivarse para el trabajador consecuencias perjudiciales (Sentencia del Tribunal Constitucional 101/2000), pudiendo reclamar además despido nulo, como una indemnización adicional por daños y perjuicios.

Un buen asesoramiento tanto preventivo como cuando ya se ha procedido el asunto judicial, es clave para el éxito de tu caso, por eso es importante contar con diferentes factores para la elección de tu caso o proyecto:

– Ubicación Geográfica: siempre es aconsejable buscar un profesional cerca de nuestro lugar de trabajo, empresa o de residencia. Aunque esto no es impedimento, ya que trabajo en todos los juzgados de España y en todo el territorio español gracias a las nuevas tecnologías, siempre es recomendable que sea de la zona de influencia donde tengo mis oficinas en Elche, Alicante y Murcia.

Especialidad:  Elegir un especialista en una materia en concreto, es garantizar el éxito de tu caso, ya que las materias del derecho son muy amplias. En mi caso solamente me dedico al Derecho Laboral y materias derivadas (Recursos Humanos, Prevención de Riesgos Laborales)

– Confianza: La confianza entre el profesional y el cliente es vital, si el experto que selecciones tiene que ser de total confianza, pero si no es el caso, mejor acude con otro profesional que te sientas más cómodo.

– Experiencia: Es fundamental, solo un especialista experimentado puede ofrecer el mejor asesoramiento y velar por los intereses de aquellas empresas y trabajadores.

– Honorarios: El precio en un despacho Jurídico puede ser un elemento diferenciador, por eso debes conocer los honorarios de tu caso y exigir transparencia. En mi caso el cliente siempre sabe mis honorarios antes de comenzar con su caso o proyecto, acordando el presupuesto que va a tener mediante la firma de una Hoja de Encargo.

Espero que estos consejos te puedan ayudar a la hora de elegir un despacho jurídico a aquellas empresas o trabajadores que necesitan asistencia jurídica.

  1. Lo importante es recoger la carta de despido que te han realizado, ya que puede ser disciplinario, objetivo o un fin de contrato en Fraude de Ley. Siempre aconsejo en firmar como “No conforme, pendiente de revisión” y la fecha en la que te entregan la carta.
  2. Tienes de plazo 20 días laborales para poder impugnar el despido mediante una Papeleta de conciliación previa (SMAC o CMAC).
  3. SI no llegas a acuerdo o no se presentan a la conciliación, deberás presentar Demanda en el Juzgado de lo Social que corresponda (Ten en cuenta que la Papeleta de conciliación suspende como máximo 15 días laborales el plazo de caducidad, después de este plazo, si no se ha celebrado el SMAC, se reanudará el plazo, como se hubiera celebrado el acto de conciliación)

 

Puedes encontrarme en diferentes Juzgados de lo Social en toda España, ya que puedo asistir en todo el territorio nacional, suelo asistir a mis clientes en los Juzgados de Madrid, Murcia, Elche, Benidorm, Alicante, Cartagena y Albacete. Sin embargo, si necesitas asistencia jurídica laboral en otros juzgados estaré disponible para representarte.

Es un momento desagradable y es posible que no estés de acuerdo con los motivos que alegan en la carta del despido, por eso no quieres firmarla. Firmar una carta de despido, no supone en ningún momento la aceptación de los hechos que alega la empresa, pero siempre es conveniente poner “Firmado a efectos de Recibí, poner no conforme y especialmente poner la fecha que te comunican tu despido”

Lo mismo pasa con la firma de la liquidación de la liquidación, saldo y finiquito, pero esta vez es más importante poner que “Pendiente de Revisar” y si no te han pagado, anotar “Pendiente de Transferencia/Pago”

Si no firmas es posible que la empresa llame a 2 testigos para dar testimonio en que no has querido firmar o posteriormente te envíen un burofax, mi consejo es tener una copia de la carta y que te pongas en contacto con un especialista laboral antes de los 20 días laborales en caso de Despido y si es por reclamación de cantidad, tienes hasta 1 año natural para su prescripción.

 

Todos sabemos que es desagradable enterarse que un trabajador nos roba, pero lo importante siempre es tener pruebas, ya que el empresario tiene la opción de actuar frente a ese trabajador por la vía Penal y Social.

Lo importante poder realizar un análisis previo a la comunicación del despido, verificar que pruebas se poseen, si son legítimas, como se han conseguido, reunirse con los testigos, etc.

Una vez realizada la investigación, se procede a su despido, mediante una carta de Despido Disciplinario, detallando los hechos, días y daños a la empresa. Se estudiará a tomar otras acciones legales oportunas contra el trabajador, aparte de su despido, si se considera que el daño cometido contra la empresa ha sido grave o muy grave.

 

Calcular un despido improcedente a grandes rasgos, se puede calcularse de dos formas posibles:

– 33 días de salario por año, con un máximo de 24 mensualidades, estos son los contratos suscritos desde el 12 de febrero de 2012.

– 45 días de salario por año, con un máximo de 42 mensualidades, estos son los contratos suscritos antes el 12 de febrero de 2012.

  • Si el contrato se realizó con anterioridad al 12 de febrero de 2012, la indemnización es de 45 días de salario por año, con un máximo de 42 mensualidades, pero a partir del 12 de febrero de 2012, se cuenta a razón de 33 días de salario por año.

  • Es aconsejable siempre que se sumen los últimos 12 meses se salario para calcularlo, ya que hay conceptos salariales (Como incentivos, comisiones, etc.) que puede variar el cálculo de un mes a otro.

Respecto a un fin de Contrato Temporal, si se ha firmado el inicio de contrato posterior al 1 de enero de 2015, la indemnización será de 12 días de salario por año trabajado

Una herramienta sencilla para calcular el despido improcedente o el Fin de Contrato Temporal, tenemos una herramienta del Poder Judicial que nos permite realizarlo. Recuerda que los resultados no son vinculantes:

Enlace a la Plataforma

 

Es una herramienta importante para los especialistas de Relaciones Laborales y Recursos Humanos en las empresas. Puede definirse como un listado para la verificación de la legislación laboral y en materia de Prevención de Riesgos Laborales de las empresas. Esto supone mostrar una imagen fiel de la situación actual, con recomendaciones de acciones para mejorar y dar soluciones a los posibles inconvenientes que pueden surgir. Este servicio es especialmente recomendable para en las sucesiones familiares, adquisición, división y venta de nuevas empresas.

 

Debido a cambios legislativos, el control de horario se ha tenido que implantar para todos los trabajadores, históricamente ha sido una medida intrusiva. Pero no todo es negativo, ahora nos permite medir como utilizamos el tiempo, si somos productivos y también permite fomentar el teletrabajo de las empresasas.