La carta de dimisión de un trabajador en la empresa

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La carta de dimisión de un trabajador en la empresa

Algunas veces nos preguntamos, de cómo sería la situación si tuviéramos que comunicar a la empresa, nuestra intención de causar baja en la empresa y como presentar la dimisión.  Tenemos que tener una serie de puntos esenciales para saber cómo presentar la carta de dimisión, como redactarla, que información tiene que incluir, los plazo de preaviso a la empresa y a quien debe ser entregada.

¿Cómo se debe redactar la carta de dimisión?

La carta de dimisión, tiene que contener unos requisitos legales para que la renuncia del trabajo por parte del trabajador, tenga los efectos que se desea tener. Hay que tener presente que, la decisión del trabajador debe ser respetada y aceptada por la empresa, aunque no lo quiera la empresa. Aunque no es necesario en algunos casos que se notifique por escrito, para tener mayor seguridad jurídica tanto para  la empresa, como por al propio trabajador, es conveniente que se haga la comunicación de forma escrita.

Los motivos que puede tener el trabajador a por su dimisión, puede ser muy variado: desde las condiciones económicas que tiene en la empresa, un nuevo proyecto, tener un nuevo empleo o cualquier otra razón que tenga el trabajador. No es requisito necesario el comunicar el motivo de la baja voluntaria a la empresa.

Los plazos de antelación que hay que comunicar la carta, están regulados en el convenio colectivo de aplicación en la empresa y en su defecto en el Estatuto de los trabajadores. Aunque en muchas empresas, se suele hacer por costumbre, con una antelación de 15 días naturales.

En caso de que no respetar los plazos de preaviso, la empresa tiene potestad para descontar al trabajador, los días de incumplimiento en la nómina o un descuento mayor (Normalmente está regulado por convenio colectivo de aplicación, en su defecto solicitar una indemnización por daños y perjuicios).

No hay un único modelo tipo de carta de dimisión 

Lo que nunca hay que olvidar en la carta de dimisión, es tener un trato formal y educado con la empresa. La carta de dimisión, tendrá que constar de los siguientes datos:

  • Fecha y lugar.
  • Datos personales del trabajador. Nombre, apellidos y DNI.
  • Datos de la Empresa y a quien se dirige la carta. Razón Social, CIF y a la atención de Recursos Humanos. En caso de que no sepas a quien dirigir la carta “A quien corresponda”.
  • Motivo y fecha en la que será tu último día de trabajo. El motivo (No requiere especificarlos, con indicar que son motivos personales o profesionales, será más suficiente) y la fecha en que será efectiva la baja voluntaria en la empresa.
  • Firma de la carta y recibí de la empresa.

¿El trabajador se puede retractar de la carta de dimisión y continuar en el puesto de trabajo?

Hasta el momento de fecha efectiva de la baja voluntaria, el trabajador puede decidir si continúa en la empresa. Según jurisprudencia laboral, la empresa tiene que aceptar la decisión de que continúe en el trabajado, salvo en casos muy concretos y son interpretables las sentencias judiciales en cada caso planteado:

Para que no surta efectos la baja voluntaria del trabajador, la decisión de retractación sea comunicada al empresario de forma fehaciente dentro del plazo de preaviso que dio el trabajador. Además tiene que darse la situación, que la empresa no haya procedido a la contratación de otro trabajador (para sustituir a la persona que había comunicado la baja voluntaria), igualmente tiene que provocar la no dimisión prevista del trabajador, graves perjuicios para la empresa.

En caso de que no acepte la empresa la retractación de la baja voluntaria del trabajador, dentro del plazo de preaviso, sin justificación ajustada a derecho (por parte de la empresa) y que el trabajador decida interponer demanda por despido, se podrá considerar como un despido improcedente, por parte de la empresa.

¿Puede darse de baja voluntaria el trabajador cuando está en periodo de prueba?

En caso que haya pactado en el contrato un periodo de prueba, el trabajador puede solicitar la baja voluntaria sin dar justificación alguna a la empresa y sin que tenga que dar ningún plazo de preaviso a la empresa. Es importante que se haga la notificación por escrito por parte del trabajador a la empresa, con “no superación de prueba”, al igual que en la dimisión, el trabajador no tendría derecho indemnización.

¿El trabajador puede cobrar el desempleo en caso de baja voluntaria o no superación de prueba instada por el propio empleado?

Para poder cobrar la prestación por desempleo (o paro), el trabajador debe estar en situación legal de desempleo, es decir, que el trabajador pierda el empleo por razonas ajenas por él, como en el caso de no superación de prueba por el empresario, fin de contrato, despido, etc. Si un trabajador solicita la baja voluntaria o la no superación de prueba, no está en situación legal de desempleo, ya que la relación laboral ha sido por voluntad del trabajador.

Sin embargo, hay procedimientos laborales, que si que se puede instar a la extinción por otros motivos, como es el incumplimiento contractual del empresario (retrasos continuados de salario, acoso laboral o sexual, etc.). También se puede solicitar, por ser trabajadora víctima de violencia de genero o por modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo y que tenga derecho por esos motivos el trabajador, a rescindir el contrato de trabajo. En estos casos el trabajador si que tendría derecho al desempleo.

Estas son algunas de las consultas más habituales, que me llegan de mis clientes en los despachos de Elche, Alicante y Murcia. Si necesitas alguna información adicional sobre la normativa laboral que regula las bajas voluntarias o asesoramiento en gestión de Relaciones Laborales, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

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